𝐋𝐨 𝐡𝐢𝐜𝐢𝐦𝐨𝐬 𝐩𝐨𝐬𝐢𝐛𝐥𝐞 ¡ La Casa De La Cultura Núcleo de Chimborazo mediante Resolución Nro. MDT-SCPGA-2023-0423 es reconocido como Organismo Evaluador para el Proceso de Certificación en Competencias Laborales.

MINISTERIO DEL TRABAJO
Dr. John Xavier De Mora Moncayo
SUBSECRETARÍA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES Y GESTIÓN
ARTESANAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: «Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.»;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: «(…) La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación (…)»;
Que, el artículo 34 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación determina que el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales: «(¼) Es el conjunto articulado de planes, programas, instrumentos, instituciones y actores cuyo fin es planificar, diseñar, instrumentar y evaluar los procesos
de cualificación y de certificación profesional. La autoridad nacional competente determinada por la Función Ejecutiva, a través del reglamento correspondiente, regulará, la institucionalidad, mecanismos y condiciones de este Sistema.»;
Que, el artículo 51 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que el Ministerio del Trabajo, tendrá, entre otras, las siguientes competencias: «
a) Ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público, y expedir las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos, conforme lo determinado en esta ley;
b) Proponer las políticas de Estado y de Gobierno, relacionadas con la administración de recursos humanos del sector público; (¼) g) Establecer políticas nacionales y normas-técnicas de capacitación, así como coordinar la ejecución de programas de formación y capacitación (¼)»;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 860, de 28 de diciembre de 2015, y sus correspondientes reformas, en su artículo 3 establece que el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, estará constituido por: “a) El Comité Interinstitucional del Sistema
Que mediante MDT-SCP-2023-0186-E, y Oficio Nro., CCE-CCEN-CH-2023-0025-O,con fecha 01 de agosto de 2023, la CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO, solicita su intención de ser reconocido como Organismos Evaluador de la Conformidad.
Que la CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO mediante Nro. MDT-DGDA-2023-12300-E, y Oficio Nro. CCHH-OC-001, con fecha, 05 de octubre de 2023, ingresa a la Dirección de Secretaría General, la Solicitud para el Reconocimiento de Organismos Evaluadores de la Conformidad (OEC) en la cual solicita el Reconocimiento, en los siguientes esquemas:
- OPERACIONES DE AUDIO EN EVENTOS;
- OPERACIONES DE ILUMINACIÓN ESCÉNICA;
- TRAMOYISTA;
- INTERPRETACIÓN MUSICAL;
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN ARTE URBANO DIGITAL;
- DIBUJO PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTISTICA CON MENCIÓN EN CHARACTERS / PERSONAJES;
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN LETTERING;
- FORMACIÓN DE FORMADORES.
Que, una vez concluida la revisión del expediente remitido por el peticionario, mediante INFORME DE EVALUACIÓN DOCUMENTAL NRO.MDT-DCR-2023-REC-0401 de la CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO con RUC 0660803310001, con fecha 23 de octubre de 2023, la Dirección de Calificación y Reconocimiento, en su parte pertinente, indica:
“En virtud de la evaluación documental realizada, de conformidad con la Normativa Técnica, vigente y considerando la documentación física presentada por el usuario, se ha identificado que NO existen comentarios en cuanto a los documentos del Sistema de Gestión de Certificación de Personas, obteniendo una calificación de 100 %, por lo cual, se devenga que el peticionario cuenta con un Sistema de Gestión para Certificación de Personas adecuado y adaptado a los requisitos que establece la Norma Técnica de Reconocimiento de Organismos Evaluadores de Conformidad, así como en su respectivo Instrumento de Aplicación.
En consecuencia, se RECOMIENDA continuar con el proceso respectivo y el levantamiento del consecuente Informe de Calificación Técnica., en los siguientes esquemas:
- OPERACIONES DE AUDIO EN EVENTOS
- OPERACIONES DE ILUMINACIÓN ESCÉNICA;
- TRAMOYISTA
- INTERPRETACIÓN MUSICAL
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN ARTE URBANO DIGITAL
- DIBUJO PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTISTICA CON MENCIÓN EN CHARACTERS / PERSONAJES;
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN LETTERING
- FORMACIÓN DE FORMADORES…”
Que, el Informe Técnico Para El Reconocimiento Como Organismo Evaluador De La Conformidad NRO. MDT- DCR-2023-REC-0401, de 23 de Octubre de 2023, se RECOMIENDA lo siguiente:
“ OTORGAR EL RECONOCIMIENTO a la CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO, como Organismo Evaluador de la Conformidad, en los siguientes esquemas:
- OPERACIONES DE AUDIO EN EVENTOS
- OPERACIONES DE ILUMINACIÓN ESCÉNICA;
- TRAMOYISTA
- INTERPRETACIÓN MUSICAL
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN ARTE URBANO DIGITAL
- DIBUJO PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTISTICA CON MENCIÓN EN CHARACTERS / PERSONAJES;
- DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN LETTERING
- FORMACIÓN DE FORMADORES¼”
Que, los informes citados fueron aprobados por la Directora de Calificación y Reconocimiento, y remitido a la Subsecretaría de Cualificaciones Profesionales y Gestión Artesanal, mediante Memorando Nro. MDT-DCR-2023-0866-M de fecha 13 de noviembre de 2023. En ejercicio de las atribuciones conferidas en el número 1.2.1.2., letra e) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos del Ministerio del Trabajo,
RESUELVO:
Artículo 1.- Otorgar el RECONOCIMIENTO, como Organismo Evaluador de la Conformidad para la Certificación a la CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO, con RUC: 0660803310001, con representante legal: Huaraca Aguay Juan Carlos, de la: Provincia: Chimborazo, Cantón: Riobamba, Parroquia: Lizarzaburu, Barrio: La Estación, Calle: 10 de agosto, Número: 28-17, Intersección: Rocafuerte, Edificio: Casa de la Cultura de Chimborazo, Número de oficina: 201, Referencia: Frente a UNIBANCO, Teléfono 03 2940077 – 032941075 –
0984939126, E-mail: ´ cculturach@hotmail.com
Artículo 2.- RECONOCER Al comité de certificación con el cual fue Reconocido el Organismo Evaluador de la Conformidad.
Artículo 3.- RECONOCER como responsable de toma de decisiones de la Certificación de Personas en Cualificaciones Profesionales, al Coordinador del Comité de Certificacióndel Organismo Evaluador de la Conformidad. Cualquier cambio deberá ser notificado con oportunidad al Ministerio de Trabajo.
Artículo 4.- La vigencia como Organismo Evaluador de la CASA DE LA CULTURAECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DE CHIMBORAZO, con RUC: 0660803310001, con representante legal: Huaraca Aguay Juan Carlos, será de tres (3) años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Norma Técnica de Reconocimiento de Organismos Evaluadores de la Conformidad, pudiendo ser renovada a petición del solicitante, una vez efectuada y aprobada a conformidad, la respectiva auditoría técnica.
Artículo 5.- El Organismo Evaluador de la Conformidad, deberá cumplir con la aplicación del Manual de Imagen dispuesto por el Ministerio del Trabajo.
Artículo 6.- El Organismo Evaluador de la Conformidad, deberá ofrecer todas las facilidades que sean necesarias para que la Subsecretaría de Cualificaciones Profesionales y Gestión Artesanal del Ministerio de Trabajo, a través de su área técnica, efectúe las auditorias técnicas a las que hubiere lugar e informar los cambios o modificaciones que
pudiera tener y que sean relevantes para el proceso de seguimiento y evaluación, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Técnica aplicable.
Artículo 7.- El Organismo Evaluador de la Conformidad, deberá cumplir con el Instructivo Automatización de Sellado de Certificados de Capacitación y Certificación bajo Competencias Laborales, y demás normativa aplicable del Ministerio de Trabajo.
Artículo 8.- El Ministerio del Trabajo como Presidente del Comité Interinstitucional del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales dispone a los Operadores de Capacitación, Capacitadores Independientes y Organismos Evaluadores de la Conformidad que, de acuerdo a la normativa legal vigente se encuentran prohibidos de ceder, compartir o transferir los beneficios, certificados, compartir logos en los mismos, y toda documentación adquirida bajo este sistema a otras entidades, ya sean personas naturales, jurídicas públicas o privadas que no hayan sido calificadas y/o reconocidas por la Subsecretaría de Cualificaciones Profesionales y Gestión Artesanal. Se tomarán las acciones legales que el caso amerite para evitar estas actividades y mantener la calidad de los procesos en beneficio de los ciudadanos.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera. – Encárguese a la Dirección de Calificación y Reconocimiento, la actualización del Sistema de Automatización de Procesos (SAPSE), incluyendo el contenido del artículo 1 de la presente Resolución.
Segunda. – Encárguese a la Dirección de Calificación y Reconocimiento, ejecutar la coordinación necesaria para la comunicación y publicación de la presente Resolución en la página institucional del Ministerio de Trabajo.
Tercera. – Encárguese a la Dirección de Calificación y Reconocimiento la notificación de esta Resolución al Organismo Evaluador de la Conformidad Reconocido.
Cuarta. – Encárguese a la Dirección de Competencias y Calidad de las Cualificaciones realizar las respectivas auditorías técnicas al Organismo Evaluador de la Conformidad, mediante el seguimiento y monitoreo al reconocimiento efectuado en la presente Resolución. En caso de encontrarse irregularidades, el Organismo Evaluador de la Conformidad Reconocido, conforme la normativa vigente, se someterá al procedimiento administrativo y a otras acciones legales respectivas a las que hubiere lugar.
Quinta. – La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción.
Comuníquese y publíquese. –
Requisitos
N° | PERFIL/ ESQUEMA | REQUISITOS |
1 | OPERACIONES DE AUDIO EN EVENTOS ARTISTICOS | Nivel de Formación: Escolaridad Básica Experiencia: 1 año Capacitación: 90 horas en temas relacionados al perfil |
2 | OPERACIONES EN ILUMINACION ESCÉNICA | Nivel de Formación: Lecto – escritura básica Experiencia: 2 años de experiencia en electricidad, regulación de voltaje Capacitación: Electricidad básica, regulación de voltaje |
3 | TRAMOYISTA | Nivel de Formación: Lecto escritura básica Experiencia: 2 años en operaciones de tramoya. Capacitación: n/a |
4 | CREACIÓN, ARREGLOS E INTERPRETACIÓN MUSICAL/ INTERPRETACIÓN MUSICAL | a) Educación formal o Instrucción formal: Educación general básica. b) Experiencia: 3 años de experiencia en música. Con los siguientes documentos habilitantes: ✓ Certificados laborales o copia del RUC, RUP, RIMPE, o ✓ Facturas mínimo una por mes o certificados emitidos por una asociación o gremio o similares legalmente constituida para la actividad laboral que desempeña, ✓ o contratos de trabajo. ✓ o declaración juramentada. c) Capacitación: 40 horas en temas relacionados a música. |
5 | DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA/ DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN ARTE URBANO DIGITAL | Nivel de Formación: Educación general básica Experiencia: 2 años Capacitación: No aplica Otro: Portafolio |
6 | DIBUJO PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTISTICA CON MENCIÓN EN CHARACTERS / PERSONAJES | Nivel de Formación: Primaria, Educación General Básica Experiencia: 5 años en actividades relacionadas al perfil Capacitación: No aplica Otro: Portafolio Artístico |
7 | DIBUJO, PINTURA E ILUSTRACIÓN ARTÍSTICA CON MENCIÓN EN LETTERING | Nivel de Formación: Primaria, Educación General Básica Experiencia: 5 años en actividades relacionadas al perfil Capacitación: No aplica Otro: Portafolio Artístico |
8 | FORMACIÓN DE FORMADORES | Nivel de Formación: Bachillerato Experiencia: 320 horas como facilitador en formación de formadores Capacitación: 80 horas de capacitación en temas relacionados |
DOCUMENTACIÓN A SER ENTREGADA PARA SU PROCESO DE CERTIFICACIÓN
- Copia de la cédula a color
- De acuerdo a los requisitos de cada uno de los perfiles y esquemas, entregar copia a color del título de bachiller de ser el caso
- De acuerdo a los requisitos de cada uno de los perfiles y esquemas, entregar copia a color del o los certificados de capacitación de ser el caso
- De acuerdo a los requisitos de cada uno de los perfiles y esquemas, entregar copia a color del o los certificados de trabajo y/o experiencia los mismos que deben contener mínimo: Datos de la empresa/ institución, Nombre y cargo de la persona responsable de la empresa/ institución que emite el certificado,
cargo ejercido, descripción de actividad/es realizadas, fecha de inicio dd/mm/año y fin del trabajo, firma de la persona responsable de la empresa/ institución que emite el certificado. - Llenar la ficha correspondiente con datos especificados en el siguiente link: https://forms.gle/fqgQo5kREUfKvDGY7
- Una carpeta de cartón color café, 100 hojas de papel Boom A4 de 75g, 1 sobre de manila A4, 1 esferográfico color azul, 10 hojas de cartulina Kimberly, blanca sencilla.
Fechas de recepción física de documentación del 01 al 06 de diciembre de 2023 - Horario de 08h30 a 17h00
Secretaria de la Casa de la Cultura Núcleo de Chimborazo, segundo piso
Dirección: 10 de agosto y Rocafuerte


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